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¿Qué es la NOM-030-STPS?
La Norma Oficial Mexicana NOM-030-STPS, tiene como objetivo establecer las funciones y actividades que deberán realizar los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo. Rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo. Puedes saber más de esta norma en nuestro artículo.

Obligaciones del patrón
Esta norma contiene distintas Obligaciones que como patrón se deben cumplir.
1. Designar a un responsable de seguridad y salud en el trabajo interno o externo
Para llevar a cabo las funciones y actividades preventivas de seguridad y salud en el centro de trabajo.
2. El patrón podrá asumir las funciones y actividades preventivas de seguridad y salud
En el caso de centros de trabajo que cuenten con menos de cien trabajadores.
3. Proporcionar al responsable de seguridad y salud en el trabajo
a) El acceso a las diferentes áreas del centro de trabajo para identificar los factores de peligro y la exposición de los trabajadores a ellos.
b) La información relacionada con la seguridad y salud en el trabajo de los procesos, puestos de trabajo y actividades desarrolladas por los trabajadores.
c) Los medios y facilidades para establecer las medidas de seguridad y salud en el trabajo para la prevención de los accidentes y enfermedades laborales.
4. Contar con un diagnóstico integral o por área de trabajo de las condiciones de seguridad y salud del centro laboral
5. Contar con un programa de seguridad y salud en el trabajo
6. Elaborar una relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo
7. Comunicarción a la comisión de seguridad e higiene y/o a los trabajadores
8. Contar con los reportes de seguimiento
De los avances en la instauración del programa de seguridad y salud en el trabajo o de la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, según aplique.
9. Capacitar al personal de la empresa
10. Conservar la documentación a que hace referencia la presente Norma
Se debe conservar la documentación al menos por dos años.
11. Exhibir a la autoridad del trabajo
Cuando ésta así lo solicite, los documentos y registros que la presente Norma le obligue a elaborar o poseer.