obligaciones del dueño NOM-030

Obligaciones del dueño NOM-030 STPS-2009

Tabla de contenidos

¿Qué es la NOM-030-STPS?

La Norma Oficial Mexicana NOM-030-STPS, tiene como objetivo establecer las funciones y actividades que deberán realizar los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo. Rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo. Puedes saber más de esta norma en nuestro artículo.

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Obligaciones del patrón

Esta norma contiene distintas Obligaciones que como patrón se deben cumplir.

1. Designar a un responsable de seguridad y salud en el trabajo interno o externo

Para llevar a cabo las funciones y actividades preventivas de seguridad y salud en el centro de trabajo.

2. El patrón podrá asumir las funciones y actividades preventivas de seguridad y salud

En el caso de centros de trabajo que cuenten con menos de cien trabajadores.

3. Proporcionar al responsable de seguridad y salud en el trabajo

a) El acceso a las diferentes áreas del centro de trabajo para identificar los factores de peligro y la exposición de los trabajadores a ellos.

b) La información relacionada con la seguridad y salud en el trabajo de los procesos, puestos de trabajo y actividades desarrolladas por los trabajadores.

c) Los medios y facilidades para establecer las medidas de seguridad y salud en el trabajo para la prevención de los accidentes y enfermedades laborales.

4. Contar con un diagnóstico integral o por área de trabajo de las condiciones de seguridad y salud del centro laboral

El diagnóstico integral comprenderá a las diversas áreas, secciones o procesos que conforman al centro de trabajo, en tanto que el relativo al área de trabajo, se referirá de manera exclusiva a cada una de ellas.

5. Contar con un programa de seguridad y salud en el trabajo

Elaborado con base en el diagnóstico a que se refiere. El programa deberá actualizarse al menos una vez al año.

6. Elaborar una relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo

Los centros de trabajo que cuenten con menos de cien trabajadores deberán elaborar una relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con las actividades que desarrollen. La relación de acciones preventivas y correctivas deberá actualizarse al menos una vez al año.

7. Comunicarción a la comisión de seguridad e higiene y/o a los trabajadores

Comunicar, según aplique, el diagnóstico integral o por área de trabajo de las condiciones de seguridad y salud y el contenido del programa de seguridad y salud en el trabajo o de la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo.

8. Contar con los reportes de seguimiento

De los avances en la instauración del programa de seguridad y salud en el trabajo o de la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, según aplique.

9. Capacitar al personal de la empresa

Que forme parte de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo, en las funciones y actividades que establece la presente Norma.

10. Conservar la documentación a que hace referencia la presente Norma

Se debe conservar la documentación al menos por dos años.

11. Exhibir a la autoridad del trabajo

Cuando ésta así lo solicite, los documentos y registros que la presente Norma le obligue a elaborar o poseer.

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